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SALA DE PRENSA




¿PUEDO RECLAMAR AL BANCO LA NULIDAD DE LA CLÁUSULA SUELO Y LA DEVOLUCIÓN DE LAS CANTIDADES?
Sí, es posible reclamar la no aplicación del suelo y la devolución de lo indebidamente cobrado…

EMPRENDER TRAS UN FRACASO ANTERIOR. ¿ES POSIBLE LA SEGUNDA OPORTUNIDAD?
Tras un fracaso empresarial, habitualmente el empresario pierde todo su patrimonio y, además, pasará el resto de su vida pagando las deudas acumuladas ... Vamos, que se le condena a la "muerte empresarial". Pero hay soluciones ...

SE PODRÁN CONSTITUIR SOCIEDADES LIMITADAS DE 1€ DE CAPITAL SOCIAL ( Proyecto de Ley de Emprendedores).
El proyecto de ley de emprendedores contendrá, entre otras muchas medidas, la posibilidad de constituir sociedades limitadas que inicialmente tendrán 1€ de capital social.

LAS NUEVAS SOCIEDADES TRIBUTARÁN AL 15% POR LOS PRIMEROS 300.000€ DE BENEFICIOS (constituidas desde 1/1/2013).
Ha entrado en vigor una rebaja fiscal para las nuevas sociedades constituidas a partir del 1 de enero de 2013...

REBAJA FISCAL DEL 20% PARA LOS NUEVOS AUTÓNOMOS
Ya en vigor una rebaja fiscal del 20% para nuevos autónomos, menores de 30 años.

SE REDUCEN LAS COTIZACIONES SOCIALES PARA CONTRATOS CON MENORES DE 30 AÑOS (hasta 100% en algunos casos)
Ya en vigor el RD-Ley 4/2013 que introduce importantes rebajas en las cotizaciones de seguridad social para la contratación de jóvenes menores de 30 años. Sin duda una buena noticia para todos.

APROBADA LA TARIFA PLANA DE 50€ PARA NUEVOS AUTÓNOMOS
El Consejo de Ministros ha aprobado  un real decreto ley, con importantes medidas para el emprendimiento y la creación de empleo.Los nuevos autónomos menores de 30 años, que inicien una nueva actividad gozarán de una rebaja en las cotizaciones a la seguridad social. Es la llamada tarifa plana en la cotización a la seguridad social.

LOS PRÉSTAMOS ICO PARA 2013
Hasta diciembre esta abierta la linea ICO 2013, para atender necesidades de liquidez (circulante), inversión, adquisición de empresas, etc..















Áreas Especificas de Derecho
Sucesorio - Inmobiliario - Civil - Matrimonial - Administrativo - Laboral - Penal
Registro Civil - Propiedad Horizontal - Patentes y Marcas
Debe saber que también existe un registro de patentes y marcas de ámbito internacional. 
Le podremos guiar en el procedimiento a seguir para que Vd. pueda inscribir su patente o marca internacional al intervenir tanto la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM) como la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI).

Nuestros expertos le asesorarán sobre el derecho que le asiste de impedir que un tercero use su invención, sin su consentimiento y la posibilidad de acudir a los Tribunales tanto para presentar una demanda como para solicitar una reconvención por la que se pida revocación de una patente. 

Sabe Vd. que las patentes son un derecho que se concede para proteger su invención frente a aquellos que quieran utilizarlo sin su autorización.

Vd. debe saber que si tiene una patente registrada, y sus derechos han sido vulnerados, puede acudir a los Tribunales para que estos hagan respetar su cumplimento.

Tenga siempre en cuenta la opinión y experiencia  de nuestros expertos, quienes  también le asesorarán en caso de que tenga que  acudir a los tribunales para que declaren no válida una patente por haber un tercero con mejor derecho.

Como una patente dura  veinte años a contar desde la fecha de presentación de la solicitud y para mantenerla en vigor, no olvide que es preciso pagar unas tasas anuales a partir de su concesión y que expirado el plazo, la invención pasar a estar disponible al público en general.

Por otra parte, con las marcas o los nombres comerciales, Vd., empresario, puede hacer que sus productos o servicios sean fácilmente distinguibles frente a los de su competidores o que su empresa sea identificada entre las restantes del sector, por eso, no olvide que tanto las marcas como los nombres comerciales se inscriben en la Oficina Española de Patentes y Marcas.

La duración de ambos es de diez años a partir de la fecha del depósito de la solicitud y pueden ser renovados indefinidamente. Para su mantenimiento en vigor, Vd. debe pagar unas tasas.

Nunca olvide que nuestro equipo de expertos, le asesorará en todas las cuestiones que pueden surgirle ante la Oficina Española de Patentes y Marcas.


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